jueves, 18 de septiembre de 2008

LA LETRA PEQUEÑA DE NUESTRO PGMO

"Al final, va a resultar que Mr. Marshall ha pasado de largo", dice mi compi de blog en un comentario a mi último post. Pues sí, al menos, eso sucedía en la peli de Berlanga.

Centrados en la política de la empanadilla y el cohete a más de uno de nuestros mandatarios populares se le olvidó echarle un ojo a la resolución del consejero Ballesta. A buen seguro que pasado los calores de este agosto alguno palideció cuando tuvo la osadía de leer dicha orden, y comprobó que el PGMO seguía patas-arriba.

En los anuncios publicitarios a lo de veras importante escrito en una letra, de tan minúscula, absolutamente ridícula se le llama letra pequeña. Uno queda prendado de ese todoterreno deportivo, que tan sólo cuesta 19 950€, y cuando vas al concesionario descubre que aún el más básico no baja de los 30 000€.

Algo similar ocurre con nuestro plan general, uno ve la foto del alcalde en el periódico y un titular que dice que Santomera ya tiene PGMO aprobado, y lo primero que hace es salir corriendo hacia la oficina de urbanismo y preguntar como va lo suyo. Pero allí el funcionario, que no comparte tu alegría y la mía - o sí -, te baja los humos diciendo que de lo tuyo de momento nada y te invita a que vuelvas mañana. No es que el funcionario sea mal tío, es que todavía no ha terminado de leer la letra pequeña de la aprobación, y anda desconcertado.

Pues bien, en un claro ejemplo de servicio público, este blog se ha propuesto contar brevemente como queda nuestro plan después de la aprobación autonómica. Para no hacer la explicación demasiado larga me propongo publicar la información en varios post. De momento en este aclararé algunos conceptos clave.

Nuestro PGMO ha recibido dos tipos de aprobación: una, llamada Aprobación Definitiva Parcial; la otra, llamada Aprobación Definitiva a reserva de subsanación de deficiencias. En cuanto a la primera, la comunidad autónoma considera que existen ciertas áreas que por sufrir vicios graves deben quedar excluidas de la aprobación definitiva, quedando suspendidas hasta que la administración autonómica decida que el ayuntamiento ha efectuado las correcciones oportunas. En cuanto a la segunda, Murcia considera que existen otras zonas en el plan que padecen vicios menores y exige su simple modificación, algo que el ayuntamiento puede realizar sin precisar el ulterior visto bueno de comunidad, y mientras tanto las zonas afectadas "carecen de ejecutividad". ( En el próximo post desmenuzaré las zonas del municipio que están afectadas por ambos tipos de aprobación).

No os perdáis los próximos post, pues prometo sorpresas.

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